El CCISC informa que el Ministerio de Economía anunció este pasado martes que eliminará las retenciones a cuenta de IVA y Ganancias en las ventas digitales que realizan los comercios. Desde la cartera económica adelantaron que en los próximos 30 días se anunciarían nuevas medidas para bajar el “costo argentino” que impacta en el nivel de los precios.
Así las cosas, desde el mes que viene la AFIP ya no le retendrá al comercio anticipos de IVA y Ganancias, que son impuestos nacionales. La primera norma incluida en el paquete fiscal fijaba un límite, que iba a ser de $11,2 millones. Sin embargo, ahora, según confirmaron, no habrá un tope.
En el Palacio de Hacienda indicaron que la eliminación de las retenciones a cuenta en IVA y Ganancias implica «liberar al comercio de adelantar pago de impuestos y dar más capital de trabajo», además de una baja concreta y efectiva en sus costos operativos, «que pueden implementar directamente en los precios».
Expresándose al respecto, el Ministerio Caputo señaló que en la reglamentación del paquete fiscal, el Ministerio de Economía ampliará los beneficios al sector privado comprendidos en la norma y definió que ya no habrá más retenciones a cuenta de Ganancias e IVA a los comercios en las ventas con tarjeta de débito, crédito, compra y similares, los agrupadores, los agregadores y los demás procesadores de medios electrónicos de pago.
Agregó entonces que el artículo 102 del paquete fiscal definía que estas excepciones tenían un límite equivalente a 10.000 Unidades de Valor Adquisitivo (UVAs), el equivalente hoy a $11,2 millones. En la reglamentación que trabaja la AFIP no habrá un límite ni un piso, eliminándose para todos.
Asimismo, desde la cartera económica se indicó que el gobierno nacional convocará a las provincias a que se adhieran a este régimen y «eliminen las retenciones de ingresos Brutos y otros tributos locales que se hayan establecido sobre los pagos comprendidos en la medida». Luego agregaron que la disposición que será publicada en el Boletín Oficial esta semana implica que se dejan sin efecto los regímenes de retención mencionados para los pagos que se efectúen a partir del 1° de septiembre de 2024, inclusive.
A propósito de la medida, la AFIP informó que el Ministerio de Economía, mediante la Resolución N° 780/2024 firmada en el día de ayer, “encomendó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a dejar sin efecto los regímenes de retención del Impuesto al valor agregado y del impuesto a las ganancias, para los pagos electrónicos que se efectúen a partir del 1° de septiembre de 2024, inclusive”
“En consecuencia, el organismo fiscal, a través de la Resolución General N° 5554/2024, que se publicó este pasado 21 de agosto en el Boletín Oficial, derogó los mencionados regímenes que habían sido establecidos en las Resoluciones Generales (AFIP) N° 140/1998, 4011/2017 y 4622/2019”, estimó en un comunicado.